El poder de los candidatos no registrados: ¿una alternativa viable para la Presidencia de México?
La figura de los candidatos no registrados en México: ¿qué significa y qué implicaciones tiene?
La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) en México no define claramente qué es una candidatura o fórmula no registrada, pero sí establece que las boletas electorales deben contemplar un espacio para ellos, diferenciándolos de los candidatos que representan a partidos políticos y de aquellos que se han registrado como independientes.
En este sentido, un voto para un candidato no registrado no se considera nulo, ya que el Artículo 291 de la LGIPE establece que estos votos deben ser registrados por separado en el acta. Sin embargo, tampoco son considerados “válidos” y la posibilidad de reconocer un eventual triunfo no está específicamente contemplada en la ley, por lo que cada caso se analiza de manera individual en el Tribunal Electoral.
La diferencia fundamental entre los candidatos no registrados y los registrados radica en que los primeros no realizan un trámite previo, pero deben cumplir con los requisitos establecidos por la ley para el cargo al que aspiran, de modo que la elección pueda ser validada. Cualquier persona puede ser un candidato no registrado si cumple con los requisitos de edad, residencia, y otros establecidos por la ley.
En cuanto a la votación por un candidato no registrado, no implica anular el voto, ya que estos votos se registran de manera separada en las actas, según lo dispuesto en la LGIPE. Sin embargo, solo se consideran “válidos” los votos emitidos por candidatos de partidos políticos, coaliciones, alianzas o candidaturas independientes, por lo que los votos para candidatos no registrados no entran en esta categoría.
En cuanto a la posibilidad de que un candidato no registrado gane una elección, la respuesta es que sí, en caso de que obtenga más votos que los demás candidatos. Sin embargo, esto no garantiza que su triunfo sea validado por el Tribunal Electoral, ya que la ley no especifica claramente cómo proceder en este escenario. Cada caso se evalúa de manera individual y la decisión final queda en manos de los tribunales electorales.
Existen precedentes de candidatos no registrados que han ganado elecciones locales en México, como el caso de Rosario Elizondo en Santander Jiménez, Tamaulipas en 1998. Sin embargo, la mayoría de los casos han sido resueltos de manera negativa por las autoridades electorales, como en Las Vigas, Veracruz en 2004. Algunos políticos han pedido regular la figura de candidato no registrado o incluso eliminar el recuadro de las boletas.
En el proceso electoral de 2024 en México, varios aspirantes han solicitado a sus seguidores que escriban su nombre en el recuadro de la boleta presidencial, entre ellos Eduardo Verástegui y Marco Vinicio Dávila. A pesar de la controversia que rodea a los candidatos no registrados, la ley electoral mexicana sigue siendo ambigua en cuanto a la validación de sus triunfos, dejando la decisión en manos de los tribunales electorales.