Negocios

¿Abren los bancos el 1 de octubre? Descubre lo que dice el calendario de la CNBV

¿Abren los bancos el 1 de octubre?

De acuerdo con el calendario de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, el martes 1 de octubre de 2024 no abrirán los bancos, tal como se estableció en el Diario Oficial de la Federación en diciembre pasado.

Calendario de la CNBV 2024

De acuerdo con las disposiciones oficiales, estas son las instituciones que deben someterse al calendario de días inhábiles de la CNBV 2024:

Las instituciones de crédito, casas de bolsa, bolsas de valores, instituciones para el depósito de valores, instituciones calificadoras de valores, contrapartes centrales de valores, bolsas de contratos de derivados, cámaras de compensación de instrumentos derivados y sus socios liquidadores, fondos de inversión, sociedades operadoras de fondos de inversión, sociedades distribuidoras de acciones de fondos de inversión, sociedades valuadoras de acciones de fondos de inversión, sociedades financieras de objeto múltiple reguladas, sociedades financieras populares, sociedades financieras comunitarias, organismos de integración financiera rural, uniones de crédito, sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, sociedades de información crediticia e instituciones de tecnología financiera.

Todas ellas deberán cerrar sus puertas, así como suspender operaciones y la prestación de servicios al público en la República Mexicana, los siguientes días del año 2024:

I. El 1o. de enero.

II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero.

III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo.

IV. El 28 y 29 de marzo.

V. El 1o. de mayo.

VI. El 16 de septiembre.

VII. El 1o. de octubre.

VIII. El 2 de noviembre y el tercer lunes de dicho mes en conmemoración del 20 de noviembre.

IX. El 12 y 25 de diciembre.

X. Los sábados y domingos.

Finalmente, los almacenes generales de depósito y casas de cambio podrán abrir sus puertas, operar y prestar servicios al público todos los días del año 2024, pero sujetas a las disposiciones de la CNBV.

Publicaciones relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba