Terna para la titularidad de la Secretaría General de la Contraloría: Congreso evalúa candidatos

La jefa de Gobierno, Clara Brugada Molina, ha enviado la terna propuesta para que los diputados y diputadas del Congreso de la Ciudad de México elijan al próximo titular de la Secretaría General de la Contraloría.
En el documento entregado por el secretario de Gobierno, César Cravioto se encuentra el nombre de Nashieli Ramírez, quien actualmente funge como titular de la Comisión de Derechos Humanos capitalina, aunque dejará su cargo el 7 de noviembre, tras dos periodos frente al organismo.
Además de ella, en la terna se encuentran Misael Martínez Velma y Elena Ramos Arteaga, quienes serán contemplados para ocupar un cargo en una dependencia que hasta el momento no tiene titular.
Misael Martínez Vielma ha sido conciliador Federal Colectivo Laboral del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral; conciliador y encargado de Despacho de la Dirección del Centro de Conciliación Laboral con sede en Cuautla Morelos; director de Asuntos Laborales de “Nuevo Grupo Jurídico Fiscal Díaz”; Asesor y Secretario Técnico de la Comisión Legislativa de Seguridad Publica y Protección Civil de la LIV Legislatura del Estado de Morelos; y abogado postulante del Despacho Jurídico Alanís.
En tanto, Elena Ramos Arteaga ha fungido como titular del Órgano Interno de Control de la Secretaría de la Función Pública; subdirectora de Asuntos Penales de la Secretaría de la Función Pública; oficial Administrativo del Sexto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito; oficial Administrativo del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito y juez Décimo Quinto Penal en el Reclusorio Oriente.
Además, se desempeñó como juez Sexagésimo Noveno Penal en el Reclusorio Femenil Santa Martha Acatitla; juez Quincuagésimo Sexto Penal en el Reclusorio Oriente; Secretario Proyectista de la Novena Sala Penal; agente del Ministerio Público adscrita a la Novena Sala Penal; agente del Ministerio Público adscrita a los Juzgados Vigésimo y Quincuagésimo Octavo Penales.
De acuerdo con el oficio, en este caso se consideró la experiencia curricular de las personas propuestas que satisfacen los requisitos contenidos en el artículo 13 Bis de la Ley de Auditoría y Control Interno de la Administración Pública, lo que los hace idóneos para ocupar el cargo.

